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Acerca de la enseñanza del derecho - Pedro Ballacey

  Acerca de la enseñanza del derecho
  Pedro Ballacey H
. Abogado. Profesor U. de Talca, Magíster en Docencia e Investigación Universitarias.

  El profesor Pablo Rodríguez Grez escribe, una vez más, acerca de la crisis en que se encuentra la  docencia jurídica y la necesidad de enfrentarla.

  Compartiendo su inquietud y reconociendo los méritos que el profesor Rodríguez tiene sobre la materia, gracias a su larga trayectoria como académico, deseo formular algunas breves observaciones sobre el tema, en la esperanza que pudiera abrirse un debate más completo, sea a través de "La semana Jurídica", sea en otras instancias.

  La docencia en nuestra disciplina muestra -desde siempre- debilidades relevantes.

  Por ejemplo:

  1.- Exhuberancia del sistema frontal de clases.(Las mal llamadas "clases magistrales").

  2.- Sobrevalorización de la memorización al momento de evaluar .

  3.- Sistemas aleatorios, traumáticos y hasta arbitrarios en los procesos de calificación en exámenes de final de curso y licenciatura.

  4.- Falta de formación pedagógica de los académicos. Usualmente se trata de personas eruditas en su especialidad, con vocación de enseñanza, pero graves carencias en materias curriculares ( ¿qué enseñar? ¿cuánto enseñar? ¿cómo enseñar?), y, muy especialmente, respecto de los fundamentos empíricos del proceso de aprendizaje y las metodologías cualitativas,

  5.- Escaso uso de tecnologías que resultan fundamentales para la mejor comprensión y significación de las materias por las nuevas generaciones, y

  6.- Ausencia de pedigrí científicos de los trabajos escritos del pregrado, con aceptación del hecho notorio de la frecuente inautenticidad de ellos.

  En mi opinión, el punto clave de estas debilidades lo constituye nuestra arrogancia intelectual, al no entender que la Pedagogía es una ciencia social fundamental y que debemos acercarnos a ella, sin perjuicio de mantener algunas de nuestras tradiciones y preservar las especificidades del universo de lo jurídico.

  ¿Por qué razón no estaríamos dispuestos a aceptar que un médico alegara en la Corte, o que un Profesor de Castellano fuera el autor de un recurso de casación? Y, sin embargo, ¿por qué no deberían los médicos temer fundadamente la acción de un jurista en el pabellón quirúrgico o el docente profesional la de un abogado en el aula?

El día que nos convenzamos que enseñar ( y conseguir efectivamente el aprendizaje por parte del alumno) es algo que debe hacerse de la mano entre pedagogos y juristas, habremos dado un importantísimo paso adelante.




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